Noticias del Observatorio de la Igualdad y el empleo

Prevención de acoso y violencia sexual en el trabajo

31 julio, 2024 Empleo, Emprendimiento, Empresa

El acoso y la violencia sexual son riesgos que afectan a las mujeres también en su ámbito laboral. Se trata de situaciones que pueden darse en diferentes lugares u horarios pero enmarcadas en este ámbito. En los últimos días, una trabajadora ha sido despedida tras comunicar a su superior la agresión sexual que denunció haber sufrido por parte de un compañero.

 

FALTA DE DILIGENCIA DE LA FRANQUICIA Y LA MARCA

Se trata de una franquicia de la inmobiliaria Tecnocasa situada en Zaragoza. La trabajadora denuncia que la agresión se produjo durante una fiesta con compañeros de diferentes oficinas en el marco de la convención anual de Tecnocasa. Relata que tras la ingesta de una copa no tiene más recuerdos hasta despertar con signos de violencia y dolor vaginal.

Posteriormente, la víctima tomó la valiente decisión de comunicar esta situación a su superior laboral. La respuesta por parte de este fue desentenderse del asunto e indicar a la trabajadora que no armase un escándalo. Al día siguiente la trabajadora recibió una carta de despido por motivos económicos.

Por su parte, la franquiciadora Tecnocasa emitió un comunicado en el que condenaba y rechazaba este tipo de comportamientos. En el mismo, también se desvinculaba de cualquier responsabilidad al ser franquiciador y franquiciado jurídica y económicamente independientes.

 

NECESIDAD DE DESARROLLO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES CON PERSPECTIVA DE GÉNERO

El responsable de la franquicia debió activar el protocolo frente al acoso contenido en el plan de igualdad tal como establece el RD 901/2020. Este protocolo debe contener el procedimiento de actuación frente a estas situaciones, estableciendo una investigación de los hechos y las medidas cautelares y/o correctivas pertinentes.

Desde el punto de vista laboral se hace necesaria la promoción de una visión preventiva, y no únicamente la respuesta una vez sucedidos los hechos. Existen principios de prevención y sensibilización, como los establecidos en la Ley 3/2007 de igualdad:

“Artículo 48: Las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, incidiendo especialmente en el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, incluidos los cometidos en el ámbito digital. Con esta finalidad se podrán establecer medidas que deberán negociarse con los representantes de los trabajadores, tales como la elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, la realización de campañas informativas o acciones de formación”.

La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, desarrollada a través de diferentes normas y reglamentos, supone una cobertura garantista de la seguridad laboral. En este sentido es manifiesta la necesidad de incluir la perspectiva de género en las normas preventivas. Esto se debe a que los riesgos afectan de forma distinta a las personas en función del sexo, además de otras dimensiones.

De esta forma, la regulación del riesgo psicosocial del acoso, supondría una potente herramienta para prevenir situaciones como la descrita en esta noticia, así como establecer las responsabilidades civiles, administrativas y penales en toda la cadena actores involucrados (contratas, subcontratas, organizaciones concurrentes, franquicias, etc.). Esta regulación cuenta con mayor efectividad en la prevención que meros principios rectores o códigos de buenas prácticas.

En la página del observatorio de violencia de género podrás encontrar más información sobre esta noticia, sigue el enlace

Puedes acceder a la fuente original de la noticia a través del siguiente enlace

El observatorio de Igualdad y Empleo es una acción de divulgación que forma parte del Programa Estatal FSE+ de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza que está cofinanciado por el Fondo Social Europeo + (2021ES05SFPR003) y cuenta con el apoyo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

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